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Código Financiero Artículo 317 bis A Estado de México


Código Financiero México
Artículo 317 bis A.

El Ejecutivo, por conducto de la Secretaría y los municipios, a través del

Cabildo, podrán autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de

Egresos, con cargo a los excedentes que, en su caso, resulten de los ingresos autorizados en las Leyes de Ingresos estatal y municipal.

Derogado Derogado

Los ingresos excedentes derivados de ingresos de libre disposición, deberán ser destinados, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Disciplina Financiera, a los siguientes conceptos:

I. Por lo menos el 50 por ciento para la amortización anticipada de la deuda pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones, en cuyos contratos se haya pactado el pago anticipado sin incurrir en penalidades y representen una disminución del saldo registrado en la cuenta pública del cierre del ejercicio inmediato anterior, así como el pago de sentencias definitivas emitidas por la autoridad competente, la aportación a fondos para la atención de desastres naturales y de pensiones.

II. En su caso, el remanente para:

a) Inversión pública productiva, a través de un fondo que se constituya para tal efecto, con el fin de que los recursos correspondientes se ejerzan a más tardar en el ejercicio inmediato siguiente.

b) La creación de un fondo cuyo objetivo sea compensar la caída de ingresos de libre disposición de ejercicios subsecuentes.

En este caso, deberá integrar en el más próximo informe, de los referidos en el artículo 352 Bis de este Código, un apartado especial que contenga la información sobre estas ampliaciones, incluyendo el dictamen de asignación de recursos adicionales que deberá reunir los mismos criterios que los planteados en el artículo 317 Bis para los dictámenes de reconducción.

El Ejecutivo Estatal, al presentar la cuenta pública del ejercicio fiscal que corresponda, informará de las erogaciones que eventualmente se efectúen, de acuerdo a lo dispuesto en este artículo. Asimismo se enviará un informe mensual a la Legislatura de los ingresos excedentes conforme a este artículo.



Estado de México Artículo 317 bis A Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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